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Infracciones de Estacionamiento

El Código de la Ciudad de Mesa 10-3-25 expone por escrito la responsabilidad y cumplimiento de las infracciones de estacionamiento.

El código estipula:

[Que] Una acción legal referente al estacionamiento ilegal se le podrá entregar al propietario o al conductor del vehículo dejando una copia de la notificación de estacionamiento adherida al vehículo.  

El Código Exige: 

Que el individuo responda a la notificación a más tardar dentro de tres días hábiles contados desde el día en que se emitió la notificación.  La respuesta puede ser hecha ya sea:

A.) Pagando la cantidad de la multa.
B.) Solicitando una Audiencia.
C.) Presentándose al tribunal a explicar las circunstancias de la infracción.

El código prescribe la cantidad mínima de las multas por cada infracción.

Si el individuo no ha respondido y no ha pagado la multa dentro de tres días hábiles desde que se le entregó la notificación de la infracción, la cantidad mínima [original] de la multa]será duplicada.

Si el individuo no ha respondido a tiempo y no ha pagado la multa dentro de los treinta días desde que se le entregó la notificación de la infracción, la cantidad mínima [original] de la multa se cuadruplicará.

Si el individuo no ha pagado la multa dentro del tiempo prescrito se le añadirá un recargo $20.00 a la multa a como lo exige el Estatuto Estatal.