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Infracciones de Estacionamiento
El Código de la Ciudad de Mesa
10-3-25
expone por escrito la responsabilidad y cumplimiento de las infracciones de
estacionamiento.
El código estipula:
[Que] Una acción legal referente al estacionamiento
ilegal se le podrá entregar al propietario o al conductor del vehículo
dejando una copia de la notificación de estacionamiento adherida al vehículo.
El Código Exige:
Que el individuo responda a la notificación a más
tardar dentro de tres días hábiles contados desde el día en que se emitió la
notificación. La respuesta puede ser hecha ya sea:
A.)
Pagando la cantidad de la multa.
B.) Solicitando una Audiencia.
C.)
Presentándose al tribunal a explicar las
circunstancias de la infracción.
El código prescribe la cantidad mínima de las
multas por cada infracción.
Si el individuo no ha respondido y no ha pagado
la multa dentro de tres días hábiles desde que se le entregó la notificación
de la infracción, la cantidad mínima [original] de la multa]será duplicada.
Si el individuo no ha respondido a tiempo y no ha
pagado la multa dentro de los treinta días desde que se le entregó la
notificación de la infracción, la cantidad mínima [original] de la multa se
cuadruplicará.
Si el individuo no ha pagado la multa dentro del
tiempo prescrito se le añadirá un recargo $20.00 a la multa a como lo exige
el Estatuto Estatal.
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